Si lo contempla la práctica nacional, garantice el acceso o la remisión a los servicios de rehabilitación adecuados y a servicios de apoyo pertinentes. [Artículo 25 de la DCA (refundida)]
Si lo contempla la práctica nacional, garantice el acceso o la remisión a los servicios de rehabilitación adecuados y a servicios de apoyo pertinentes. [Artículo 25 de la DCA (refundida)]