Observaciones generales

Identificación oportuna

Los solicitantes de protección internacional se encuentran por lo general en una situación vulnerable, habida cuenta de la incertidumbre ligada a su estatuto en un país extranjero. No obstante, algunos solicitantes precisarán más apoyo especial a fin de participar en el procedimiento de asilo en igualdad de condiciones. Una menor que haya padecido violencia sexual no estará predispuesta a hablar abiertamente frente a un guardia de fronteras uniformado; una persona que ha sufrido tortura puede no estar en condiciones de facilitar detalles sobre su experiencia por los efectos del trauma en su memoria; un solicitante con deterioro auditivo puede no oír al funcionario y al intérprete. En consecuencia, estos solicitantes pueden necesitar tiempo, apoyo, servicios y asistencia para presentar sus casos de manera eficaz.

Los funcionarios que trabajan con los solicitantes de protección internacional en las primeras fases del procedimiento, así como todos los que participan en este, deben ser conscientes de las posibles necesidades especiales. Los indicadores y las necesidades especiales deben registrarse tan pronto como se detecten, y esta información deberá comunicarse a las organizaciones/los funcionarios pertinentes a fin de ofrecer las garantías y la ayuda necesarias.

La cuestión del internamiento

Otro punto general que conviene plantear es que, con arreglo a la Directiva relativa a las condiciones de acogida (refundida), el internamiento solo debe ser un último recurso para las personas que buscan protección internacional: únicamente cuando se demuestre que es necesario sobre la base de una evaluación de cada caso particular y siempre que no se puedan aplicar efectivamente otras medidas menos coercitivas. En el caso de personas con necesidades especiales, su internamiento debe, además, tener en cuenta que han de atenderse tales necesidades, y su salud, incluida la salud psíquica, deberá ser una prioridad de las autoridades nacionales [artículo 11 de la DCA (refundida)].

Sin perjuicio de lo anterior, la herramienta examina las garantías específicas que es necesario aplicar en caso de que un solicitante con necesidades especiales sea internado.

Intimidad/confidencialidad

TEn el conjunto de los contenidos de la herramienta se pone de relieve la importancia de registrar y comunicar la información pertinente para la identificación de personas con necesidades especiales. Cabe destacar, asimismo, que la información recopilada durante este procedimiento puede ser de carácter privado y/o confidencial. 

Intimidad hace referencia al derecho a protegerse de la intrusión ajena en cuestiones personales e información personal (p. ej., leyes de protección de los datos personales).

Confidencialidad hace referencia al tratamiento de la información. Cuando una información es confidencial solo puede compartirse si lo permite la legislación nacional y siempre a organizaciones autorizadas. La información que se comparta será exclusivamente la necesaria para que las partes en cuestión puedan desempeñar sus funciones.  Si no lo aprueba la ley, la parte que esté en posesión de la información deberá recibir autorización del interesado para compartir la información con otra organización (p. ej., la información personal que se comparte con un abogado, un médico, un psicólogo, etc. en general no puede divulgarse a terceros sin el expreso consentimiento del cliente/paciente). 

Deben contemplarse y aplicarse garantías en relación con la intimidad y la confidencialidad en el tratamiento de la información, de conformidad con la práctica nacional.

Una vez que el usuario dispone ya de los resultados, puede imprimir o guardar el informe en un archivo pdf. Antes de imprimir o guardar, puede escribir notas directamente en el informe, incluida una referencia al caso, así como notas sobre las medidas de identificación y ayuda. Las notas que escriba no se procesan ni se guardan en la herramienta en línea, y están protegidas frente a intervenciones ajenas. Se imprimirán con el informe o se guardarán en el pdf una vez que exporte el archivo.