persona u organización que asiste y representa al menor no acompañado en el procedimiento de asilo con vistas a garantizar el interés superior del niño y ejercer la capacidad jurídica en nombre de este cuando sea necesario;
Definición basada en el artículo 24, apartado 1, de la DCA (refundida) y el artículo 25, apartado 1, de la DPA (refundida).