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RS3P1

Enviado por Christine Micallef el

Las personas con discapacidades intelectuales pueden necesitar apoyo para ejercer su capacidad jurídica. En función de la gravedad de la discapacidad intelectual, el solicitante puede necesitar un representante en el procedimiento de asilo. Garantice que se han adoptado las medidas correspondientes antes de continuar con las siguientes fases del procedimiento.

RS2P1

Enviado por Christine Micallef el

El nombramiento de un representante cualificado tiene el fin de garantizar que los intereses superiores del niño se tienen plenamente en cuenta y están representados a lo largo de todo el procedimiento. El representante debe garantizar que las necesidades jurídicas, sociales, médicas y psicológicas se atienden debidamente durante todo el procedimiento de asilo y hasta que se encuentre una solución duradera para el menor. 

RS1P3

Enviado por Christine Micallef el

Cuando la evaluación inicial de los riesgos suscita motivos de preocupación en relación con el estado físico del solicitante o los efectos del tratamiento, deben adoptarse las medidas de precaución necesarias para garantizar la seguridad del interesado y de otras personas. 

RS1P2

Enviado por Christine Micallef el

Puede ser necesario atender a aspectos relacionados con la seguridad del solicitante, así como otros de otra índole, por ejemplo, la supervisión del cumplimiento del tratamiento y la medicación. 

RS1P1

Enviado por Christine Micallef el

Tal vez los traficantes intenten restablecer el control sobre las personas con las que han traficado.  Los procesos que se apliquen deben aspirar a reducir el riesgo al mínimo. En algunas situaciones quizá sea preciso recurrir a las autoridades responsables del cumplimiento de la ley. 

FC19P3

Enviado por Christine Micallef el

Los responsables de examinar la solicitud de protección internacional deben ser informados de los respectivos indicadores o necesidades especiales detectadas a fin de tenerlas en cuenta y poder garantizar que se aplican garantías procedimentales especiales durante el procedimiento de asilo.

FC19P2

Enviado por Christine Micallef el

Las partes interesadas que participan en la acogida y el alojamiento de los solicitantes de protección internacional, y las responsables de evaluar y ocuparse de las necesidades de estos, deben recibir información sobre cualquier indicador de necesidades especiales, para garantizar que se atienden. 

FC19P1

Enviado por Christine Micallef el

Es importante registrar los indicadores con el fin de garantizar que las necesidades especiales del solicitante se tienen en cuenta a lo largo de todo el procedimiento, tanto en relación con las medidas de ayuda durante la acogida como con el acceso a garantías procedimentales. En esta fase, el funcionario podría recopilar pruebas y registrar indicadores fácilmente detectables de necesidades especiales diferentes. Tales indicadores deben comunicarse a otras partes interesadas pertinentes, según disponga la práctica nacional.

FC18P5

Enviado por Christine Micallef el

Puede ser el destinado a solicitantes de protección internacional o uno especializado para víctimas de trata de seres humanos.